Congreso endurece penas para delitos ambientales y tráfico de especies de flora y fauna

El Congreso de la República aprobó la tarde de hoy por 77 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones la norma que endurece las penas para los delitos ambientales y el tráfico de especies de flora y fauna.


La ley, que fue exonerada de la segunda votación por los legisladores, adecúa el Código Penal vigente a las políticas de lucha contra las violaciones al orden ambiental que ha asumido el gobierno peruano.


Por el dispositivo legal, indispensable para la implementación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, se modifica el artículo 304° del Código Penal vigente, estableciendo una pena privativa de la libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años, para los que infringiendo las normas, los reglamentos o límites máximos permisibles realicen descargas, emisiones de ruido, filtraciones, vertimientos o radiaciones que generen alteración o daño grave al ambiente.


Se precisa, asimismo, que si el agente actúa por encargo la pena carcelaria correspondiente no será mayor de tres años.