Decretos de urgencia podrían generar conflictos sociales

Ante la publicación del Ejecutivo del Decreto de Urgencia (DU) N° 001-2011, que dicta disposiciones extraordinarias a ser aplicadas durante el año 2011 para promover la inversión privada en determinados proyectos de inversión, diversas organizaciones de la sociedad civil defensoras del medio ambiente se han pronunciado alertando que constituye un grave retroceso en materia ambiental.

En el documento emitido afirman que la eliminación de las certificaciones ambientales para la obtención de autorizaciones administrativas es un grave retroceso en materia ambiental porque se desvirtúa el rol de la evaluación de impacto ambiental (EIA) como herramienta de política pública en la toma de decisiones sobre los proyectos.

“Las organizaciones consideran que el contenido de estos DU afecta gravemente la regulación ambiental en el país y propicia conflictos sociales que trascenderán el periodo de gobierno actual”, refieren.

En consecuencia, invocan al actual gobierno a corregir su intento de debilitar las salvaguardas ambientales y sociales en el Perú, pues podría significar una “bomba de tiempo” para la siguiente administración.

Señala además, la Constitución Política del Perú establece que los DU sólo pueden emitirse para materias económicas y financieras. Un DU no puede modificar regulaciones ambientales, por lo que declaran el artículo 5.3 del DU como inconstitucional.

También asegura que entre la lista de proyectos priorizados llama poderosamente la atención la inclusión los proyectos de “Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas”, pues no se especifica a qué proyecto se está haciendo referencia. Esta generalidad debilita el argumento de urgencia que ampara los DU; y permite interpretar que podrían estar incluidos proyectos hidroeléctricos controversiales, como los que pretenden ejecutarse en la Amazonía como parte del Acuerdo de exportación de energía a Brasil.

En este sentido, estos DU buscarían eludir el rechazo social a estos proyectos que ya se registra en Madre de Dios, Puno y Junín.

Pronuniciamiento público de Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR); Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA); Asociación Servicios Educativos Rurales (SER); Centro para la Sostenibilidad Ambiental de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (CSA); ProNaturaleza-Fundación Peruana para la Conservación de la Naturaleza; WWF y Central Ashaninka del Río Ene (CARE), respecto al Decreto de Urgencia (DU) N° 001-2011 dictado por el gobierno peruano y que desvirtúa el rol de la evaluación de impacto ambiental (EIA) como herramienta de política pública en la toma de decisiones sobre los proyectos de inversión.

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