Jueces deben considerar a procuradores del Estado en procesos por narcotráfico

En un fallo vinculante, el Tribunal Constitucional recordó a los jueces del país a tener en consideración a los procuradores del Estado en todos los procesos por tráfico de drogas y lavado de activos, de tal manera que éstos ya no podrán ser rechazados bajo el argumento de que “no son parte en los procesos”.

El principal argumento del Tribunal Constitucional  se basó en que ahora “existe una necesaria y obligada participación de los procuradores en los procesos penales contra el tráfico de drogas y lavado de activos, en el entendido que estos ilícitos ponen en estado de alarma y peligro a las bases sociales y amenazan la propia existencia del Estado”.

“Por ello, argumentó el veredicto del TC, y dado que en los procesos penales por tráfico ilícito de drogas y lavado de activos el Estado es considerado como agraviado, no puede permitirse bajo ningún supuesto que se rechace la participación de los procuradores considerándolos como “no parte” (en ellos), pues este rechazo permitiría o avalaría que los delitos de tráfico ilícito de drogas y/o lavado de activos queden impunes”.