La Defensora del Pueblo, Beatriz Merino, aclaró que la ciudadana estadounidense Lori Berenson, condenada por terrorismo, solo podrá salir o ser expulsada del país cuando cumpla la totalidad de su condena de 20 años de prisión, y no si sale antes en mérito de un beneficio penitenciario.
Merino Lucero dijo que la ex emerretista ha pedido acogerse al beneficio de la libertad condicional, pero «según la Ley de Extranjería, ésta tendría que cumplir su condena de manera oficial en nuestro país».
La Defensora del Pueblo precisó además que el matrimonio de Berenson con un peruano, con quien además tiene un hijo, no le daría ningún beneficio, ya que ella es una extranjera que ha cometido un delito.
El Primer Juzgado Supraprovincial resolverá mañana el pedido de semilibertad o libertad condicional presentado por Berenson, condenada en 1995 a 20 años de prisión por sus vínculos con el Movimiento Revolucionario Tupac Amaru (MRTA).