SPDA recomienda rechazo al Proyecto de Ley que modifica el artículo 2 de la Ley 28852

La Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) ha remitido a la Comisiones de Economía, Agraria y de Medio Ambiente, el Informe Legal relativo a las iniciativas legislativas que promueven la adjudicación en venta de tierras eriazas del Estado con aptitud forestal donde explica las razones por las cuales se recomienda el rechazo al Proyecto de Ley que modifica el artículo 2 de la Ley 28852, Ley de la Promoción de la Inversión Privada en Reforestación y Agroforesterí­a.


Tal modificatoria autoriza se otorguen en venta tierras eriazas del Estado, con aptitud forestal pero sin cubierta boscosa para promover la inversión en proyectos de reforestación y actividades asociadas. El sector empresarial viene reclamando derechos de propiedad privada pues no confía en el sistema de concesiones forestales vigente regulado por la Ley Forestal y de Fauna. No obstante el artículo 66 de la Constitución claramente establece que las tierras de aptitud forestales son patrimonio de la Nación y la única figura jurídica aceptable es la concesión, manteniéndose el dominio en el Estado.


Ver documento: http://www.spda.org.pe/portal/_data/spda/noticias/20070508093115_.pdf