Narcotraficantes disparan contra erradicadores del CORAH y hieren a uno con ocho perdigonazos

Un trabajador del Proyecto Especial CORAH resultó herido con 8 impactos de perdigones cuando varios narcotraficantes que resguardaban un laboratorio de droga atacaron al grupo de erradicación que cumplía con sus labores de eliminar los cultivos ilegales de coca en el sector Julio C. Tello, distrito de Rupa Rupa, en la provincia Leoncio Prado, en Huánuco.

Tras el ataque, los efectivos policiales que brindan seguridad a los trabajadores del CORAH, reaccionaron de inmediato repeliendo el ataque, alcanzando a uno de los delincuentes que resultó muerto con un impacto de bala.

Fueron atacados desde muy corta distancia por francotiradores que protegían una poza de maceración
Fueron atacados desde muy corta distancia por francotiradores que protegían una poza de maceración

Según fuentes policiales a las que tuvo acceso INFOREGIÓN,   los hechos ocurrieron alrededor de las once de la mañana de hoy en el Sector Julio C. Tello, en momentos que los trabajadores del CORAH se encontraban en plena tarea diaria de erradicación de cultivos de coca ilegal, en una zona con alta producción de cultivos destinados a los laboratorios de droga.

De pronto, desde una corta distancia se escucharon varios disparos contra el grupo erradicador.  Uno de ellos, Marco Valera Cueva, cayó herido con ocho impactos de perdigones en el lado izquierdo del tórax, el bazo, la axila y la mano, siendo evacuado en el acto a Tingo María, con pronóstico reservado.

Trabajador del CORAH, Marco Valera Cueva, cayó herido con ocho impactos de perdigones
Trabajador del CORAH, Marco Valera Cueva, cayó herido con ocho impactos de perdigones

Los efectivos de seguridad se desplegaron por toda la zona repeliendo el ataque resultando en la acción, un delincuente muerto.   Tras la huida del resto de atacantes, la policía incursionó en el lugar desde donde provenían los disparos encontrando una poza de maceración y una escopeta retrocarga, el arma de fuego utilizada contra el trabajador del CORAH,  al lado del cuerpo sin vida.

El fiscal de turno procedió a ordenar el levantamiento del cadáver y a disponer el peritaje y prueba balística a fin de confirmar  que dicha arma fue utilizada en el ataque a los trabajadores del CORAH.

Además de los narcotraficantes que resguardan con acciones de violencia sus laboratorios de droga, los trabajadores del CORAH son permanentemente hostilizados por los cocaleros que se oponen a la erradicación de los cultivos de coca ilegal en una zona como el Alto Huallaga en donde el  99% de su producción se va directamente al narcotráfico.

Forma agravada de violencia

Fuentes judiciales recordaron que de acuerdo a los Art. 365, 366 y 367 del Código Penal, impedir la erradicación o destrucción de cultivos ilegales, constituye una forma agravada de violencia y resistencia a la autoridad.

El artículo 365, sobre violencia contra la autoridad para obligarle a algo, señala que, el que sin alzamiento público, mediante violencia o amenaza, impide a una autoridad o a un funcionario o servidor público ejercer sus funciones o le obliga a practicar un determinado acto de sus funciones o le estorba en el ejercicio de éstas, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años.

Asimismo el artículo 366, sobre violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones, precisa que el que emplea intimidación o violencia contra un funcionario público para impedir o trabar la ejecución de un acto propio de legítimo ejercicio de sus funciones, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro».

Finalmente el artículo 367, sobre formas agravadas se precisa que en los casos de los artículos 365 y 366, la pena privativa de libertad será no menor de seis ni mayor de doce años cuando el hecho se comete a mano armada o cuando el autor causa una lesión grave que haya podido prever.

La misma pena se considera si el hecho se realiza contra un miembro de la Policía Nacional, o de las Fuerzas Armadas, Magistrado del Poder Judicial o el Ministerio Público, en el ejercicio de sus funciones, para impedir la erradicación o destrucción de cultivos ilegales, o de cualquier medio o instrumento destinado a la fabricación o transporte ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

En caso que a consecuencia del hecho, se produce la muerte de una persona, la pena será privativa de libertad no menor de diez ni mayor de quince años.