Formalizan colectivos en transporte interprovincial

Las empresas de transporte terrestre de pasajeros interprovincial e interregional en automóviles colectivos, están obligadas a brindar el servicio bajo normas de calidad y en vehículos operativos, según establece la ley 28972 publicada en El Peruano.


Dicha norma señala que los transportistas del servicio de pasajeros en automóviles colectivos deberán organizarse en empresas, mientras que los gobiernos regionales determinarán la antigüedad de los vehículos para declararlos aptos en el servicio en su correspondiente jurisdicción. En el caso del servicio interregional, la antigüedad será determinada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).