Para garantizar una atención alimentaria de las personas en situación de vulnerabilidad organizadas en las ollas comunes, el Gobierno central destinó más de S/ 96 834 634 al Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, para la compra de alimentos que serán distribuidos por las municipalidades, a fin de mitigar el alza de precios de la canasta básica familiar originada por la crisis mundial
Mediante el Decreto de Urgencia Nº 017-2022, que establece medidas extraordinarias en favor de las ollas comunes, se faculta excepcionalmente a Qali Warma, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), a realizar la adquisición de alimentos orientados a la atención alimentaria complementaria en favor de las ollas comunes.
“Qali Warma, en un plazo de 15 días calendario, contados desde la vigencia del presente decreto de urgencia, puede emitir disposiciones para facilitar la operatividad de la atención alimentaria”, señala la norma publicada en el Diario Oficial El Peruano.
Registro e identificación de beneficiarios de ollas comunes
Dispone además que la identificación y el registro de las ollas comunes y sus beneficiarios estará a cargo de los gobiernos locales, para lo cual deberán cumplir de manera excepcional con requisitos como estar registrados en el Sistema Informático proporcionado por el MIDIS y puesto a disposición de las municipalidades.
Asimismo, cada olla común deberá tener como mínimo 15 beneficiarios y como máximo la cantidad de personas que puedan ser atendidos, considerando la capacidad operativa de la olla común. Deberá contar también por lo menos con un representante acreditado ante la municipalidad.
Del mismo modo, precisa que la municipalidad distrital, tras verificar el cumplimiento de dichos requisitos, remitirá al Midis, en formato digital y a través de la mesa de partes virtual, la solicitud de atención alimentaria para las ollas comunes de su jurisdicción, adjuntando la resolución de alcaldía que las aprueba y anexando el listado de ollas comunes y de los beneficiarios registrados en el Sistema Informático del Midis.
Municipalidades son responsables de acreditar beneficiarios
Las solicitudes deberán contener el nombre y dirección de las ollas comunes, el nombre y teléfono de su representante acreditado ante la municipalidad distrital, el listado nominal de los beneficiarios de cada olla común, la dirección del almacén donde se hará la recepción de los alimentos y los datos de la persona responsable de su recepción y conformidad.
Toda esa información será remitida al Midis en un plazo no mayor a diez días calendarios, contados desde la vigencia de la presente norma, la misma que podrá ser actualizada durante la vigencia de la misma.
“La municipalidad distrital es en principio la responsable del registro y remisión de la información a la que se hace referencia en la norma. En caso excepcional, cuando no pueda asumir dicha función, será la municipalidad provincial del ámbito correspondiente quien asuma la responsabilidad”, refiere el decreto de urgencia.
El Midis, a su vez, publicará en su página web el listado de ollas comunes sobre la base de la documentación remitida por la municipalidad distrital o provincial en un plazo de cinco días calendario, contados a partir de la recepción de la misma; y remite Qali Warma el requerimiento para la atención alimentaria complementaria en favor de las ollas comunes.
Entrega de alimentos estará a cargo de los municipios
La entrega de alimentos adquiridos a los proveedores de Qali Warma se realizará en los almacenes señalados en el requerimiento y serán las municipalidades distritales o las provinciales las responsables de garantizar las condiciones adecuadas de recepción, almacenamiento y distribución de los mismos en favor de las ollas comunes.
Los gobiernos locales, del mismo modo, deberán disponer los puntos de distribución de alimentos cercanos a las ollas comunes, para lo cual pueden generar alianzas con organizaciones de la sociedad civil, sector público y/o sector privado, informó el Gobierno.