El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego autorizó el registro y custodia de las colecciones científicas de flora silvestre a cinco Instituciones Científicas Nacionales Depositarias de Material Biológico (Icndmb), las cuales contribuyen a la investigación y a la generación de conocimientos en el país.
Los nuevos centros autorizados que albergan el patrimonio natural son: el Herbario Kuélap de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, la Xiloteca del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera – CITEmadera Lima del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP).
También se encuentran el Herbarium Moqueguensis (Moquegua) de la Universidad Nacional de Moquegua (UNAM), el Herbarium Truxillense (HUT) de la Universidad Nacional de Trujillo y el Herbario Forestal del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera – CITEforestal Maynas del ITP en Loreto.
Estos centros, al ser repositorios de información, contribuyen con el desarrollo y atención de problemáticas de los sectores productivos tales como la seguridad alimentaria, manejo de plagas, identificación de nuevas plantas forrajeras, identificación de nuevas enfermedades, nuevos fármacos, entre otros.
Estas instituciones científicas generan conocimiento valioso sobre la flora y fauna silvestre del Perú. Las Icndmb incluyen museos de historia natural, institutos de investigación, herbarios, bancos de germoplasma, jardines botánicos, entre otros.
El Serfor, en su rol de Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, realiza también el seguimiento y acompañamiento a las instituciones, a fin de garantizar y asegurar que las muestras de flora y fauna silvestre se encuentren en instalaciones adecuadas y con personal necesario dedicado a su conservación (curadores). Todo ello, con la finalidad de facilitar su acceso en los estudios de investigación.
Con la entrada en vigor del Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos y sus Derivados, aprobado por D. S. N° 019-2021 por el Ministerio del Ambiente, se establece en su segunda disposición complementaria transitoria, que las instituciones que hayan obtenido muestras de material biológico con anterioridad a la entrada de vigencia de ese reglamento deberán regularizar la tenencia de sus muestras biológicas. Tienen plazo hasta el 19 de julio 2022, informó el Serfor a INFOREGIÓN.
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