JUNÍN. En el Puesto de Control Forestal y de Fauna Silvestre de la Oroya, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) intervino dos vehículos que transportaban 14 619,17 pies tablares de madera aserrada sin la documentación que ampare su procedencia legal, valorizados en S/ 60 000.
El Serfor, a través de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Sierra Central, verificó el producto forestal que era transportado hacia Lima. La madera pertenece a las especies panguana (Brosimum utile), quina quina (Pouteria torta), higuerilla (Micrandra spruceana), huimba (Ceiba samauma), capinuri (Maquira coriácea), cachimbo (Cariniana decandra) y palisangre (Brosimum rubescens).
La intervención de los productos forestales se realizó en el Puesto de Control Forestal y de Fauna Silvestre La Oroya, ubicado en Santa Rosa de Sacco, en Yauli, La Oroya; la cual contó con el apoyo de la Policía Nacional del Perú y de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental (FEMA) de Huancayo.
El Serfor cuenta con el Protocolo de Control Forestal Maderable para el Transporte Terrestre de cumplimiento obligatorio en todo el territorio nacional y que establece las actividades relacionadas a la verificación y la presentación de la documentación requerida, tales como la exigencia de la Guía de Transporte Forestal (GTF) y otros documentos que ampare la movilización y acrediten el origen legal de los productos.
Además, los especialistas de la ATFFS Sierra Central realizan permanentemente acciones de sensibilización, relacionadas a la prevención de acciones ilegales como el tráfico ilegal de flora y fauna silvestre. De esta forma, se busca llegar a los diferentes transportistas.
La Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre (LFFS), establece como infracciones muy graves el comercio, transporte, transformación y tenencia de productos o subproductos forestales, sin contar con los documentos que amparen su procedencia legal; y sanciona estos hechos con multas que fluctúan entre 10 y 5000 UIT, de acuerdo con los criterios de gradualidad, informó el Serfor a INFOREGIÓN.
Datos
- La LFFS señala que la Guía de Transporte Forestal (GTF) es el documento que ampara la movilización de productos forestales, sean en estado natural o producto de una primera transformación. La GTF tiene carácter de declaración jurada y es emitida y presentada por el titular del título habilitante o por el regente, siendo los firmantes responsables de la veracidad de la información que contiene.
- Para el transporte de productos forestales es obligatorio tener la GTF en el vehículo desde el embarque hasta su destino. En este documento se debe consignar, entre otros, la procedencia y destino final del producto transportado.