El Gobierno aprobó el Plan de Protección de la Reserva Indígena Yavarí Tapiche, ubicado entre los distritos de Soplín, Alto Tapiche y Yaquerana, provincia de Requena, región Loreto. La reserva es el principal instrumento de gestión del área, orientada a garantizar los derechos al territorio, la salud y la vida de los pueblos indígenas en situación de aislamiento matsés, remo (isconahua), marubo y otros, cuya pertenencia étnica no ha sido posible identificar.
A través de la Resolución Ministerial Nº 000385-2021-DM/MC, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el Plan de Protección determina las acciones específicas que cada sector, institución u organización, en el marco del Régimen Especial Transectorial de Protección de los derechos de los Pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial (PIACI), deberán cumplir conforme a sus competencias.
Cabe señalar que las acciones del Plan de protección serán implementadas por un Comité de Gestión de Protección presidido por el Ministerio de Cultura. Este estará conformado por actores públicos de nivel nacional y de la región Loreto, así como por las comunidades nativas del ámbito de la reserva indígena. También, por organizaciones indígenas representativas de los pueblos y otras instituciones de la sociedad civil, vinculadas o con interés en la protección de la reserva.
Actividades del Plan de Protección
Desde el Viceministerio de Interculturalidad se precisó que el Plan de Protección de la Reserva Indígena Yavarí Tapiche proyecta el desarrollo de una serie de actividades a ser ejecutadas por el Ministerio de Cultura y otras instituciones competentes. Entre las actividades a realizar se encuentra las siguientes:
-Consolidar mecanismos de prevención y protección del territorio de la Reserva en el que viven los Pueblos Indígenas en Aislamiento (PIA), Ello, con la participación de las poblaciones locales, sus autoridades, las organizaciones indígenas y el Estado, para salvaguardar sus derechos a la vida y a la salud.
-Contribuir a mejorar la salud y bienestar de la población local de las comunidades nativas y/o campesinas cercanas o colindantes a la Reserva, para asegurar el cordón sanitario. Este será liderado por el Ministerio de Salud y en coordinación con el MC, las organizaciones indígenas, gobiernos locales y actores aliados.
-Informar, sensibilizar y capacitar a la población local, los actores económicos privados, los sectores y niveles de gobierno que realizan acciones o intervienen en las localidades cercanas a la reserva, sobre la vulnerabilidad, derechos de los PIACI y los protocolos de actuación.
-Consolidar los espacios de articulación multisectorial para la implementación y seguimiento de las medidas establecidas para la protección de los PIA de la Reserva.
En ese sentido, a la fecha, se cuenta con un puesto de control y vigilancia en la comunidad nativa Bellavista, ubicada en la parte alta del río Tapiche, la principal zona de acceso a la solicitud de reserva indígena. El puesto se encuentra a cargo de 3 agentes de protección, quienes brindan las alertas tempranas respecto a la situación de la zona, informó el Ministerio de Cultura.
Datos
- La Reserva Indígena Yavarí Tapiche, fue la primera solicitud de creación de reserva indígena categorizada por el Estado peruano, el 10 de abril del 2021, mediante el Decreto Supremo N° 007-2021-MC, en el marco de lo establecido en la Ley N° 28736. Su creación constituye un gran avance en la protección de los derechos de los PIACI.
- La Reserva Indígena Yavarí Tapiche fue inscrita en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, para brindar seguridad jurídica al área de más de un millón de hectáreas, en donde viven los pueblos indígenas en situación de aislamiento.
- Cabe señalar que los Planes de Protección de Reservas, conforme a lo dispuesto por el artículo 43 del Decreto Supremo N°008-2016-MC, son instrumentos de gestión específicos para cada reserva, orientados a garantizar el respeto a los derechos, a la vida y a la salud de los PIACI, cuyo reconocimiento ha sido declarado en dicha área.
- Asimismo, determinan las acciones específicas, que cada sector, institución u organización, en el marco del Régimen Especial Transectorial de Protección de los derechos (RET) de los PIACI, deberá cumplir en el marco de sus competencias, para abordar las condiciones y problemática específica de cada reserva, por un período de 5 años