MADRE DE DIOS. El día de hoy el diario oficial El Peruano difundió unas cuatro ordenanzas emitidas por el Gobierno Regional de Madre de Dios las cuales versan sobre distintos campos vinculados a la gestión ambiental en dicha jurisdicción amazónica. En una de ellas la entidad regional madrediosina consagra al mes de mayo para celebrar su diversidad biológica.
La primera de ellas se trata de la Ordenanza Regional Nº 007-2019-RMDD/CR en la que el GORE Madre de Dios declara «de interés regional el mes de mayo de cada año, la celebración de la Diversidad Biológica en la Región Madre de Dios que se denominará “Biofest Madre de Dios”. Se alega que el mes de mayo es propicio para dicha iniciativa ya que coincide con una serie de actividades ambientales.
En ese sentido se recuerda que «el 09 de mayo la Reserva Comunal de Amarakaeri, cumple un año más de creación; el 19 de mayo del año 1994, se declaró mediante Ley Nº 26311 a Madre de Dios como la Capital de la Biodiversidad; el 21 de mayo de cada año se realiza el Festival del Lobo de Río; el 22 de mayo se celebra el Día Nacional e Internacional de la Diversidad Biológica y por añadidura, el 29 de mayo se cumple un aniversario más de la institucionalización del Parque Nacional del Manu».
La referida ordenanza regional precisa además que la iniciativa estará acompañada de «actividades vinculadas a la protección de la diversidad biológica y al uso racional de los recursos naturales, a difundir y practicar el principio de “Sostenibilidad”, creando y fortaleciendo la conciencia ciudadana sobre su importancia y necesidad.
La siguiente norma emitida es la Ordenanza Regional Nº 002-2020-RMDD/CR. Aquí se «declara de interés regional la disminución progresiva del uso del plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables en la Región Madre de Dios». Se destaca la normativa previa que rige a nivel nacional que pondera a la Ley Nº 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables.
Además, según esta ordenanza, se encomienda «a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, realizar las gestiones necesarias para la implementación de la disminución progresiva del uso del plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables de poliestireno expandido (tecnopor) para alimentos y bebidas de consumo humano, en la Región Madre de Dios, en el marco de la Ley Nº 30884 y su Reglamento.»
En ese sentido, se recuerda que los gobiernos regionales están llamados a desarrollar acciones que generen en distintos ámbitos de sus jurisdicciones la conciencia y el compromiso ambiental que conlleva la ley mencionada. Se recuerda, además, la pertinencia de la ordenanza sabiéndose que el uso extendido del plástico ha generado «enormes basurales, que no dan ninguna utilidad, siendo, por el contrario, una gran fuente de contaminación».
El GORE Madre de Dios además emitió la Ordenanza Regional Nº 007-2021-RMDD/CR en la que se aprueba «el Reglamento para la Atención de Denuncias Ambientales presentadas ante el Gobierno Regional de Madre de Dios». Se detalla que es un «instrumento normativo que consta de 23 Artículos; 05 Disposiciones Complementarias Finales y 1 Disposición Complementaria Transitoria, incluyendo un formato de registro de denuncias ambientales, los cuales forman parte de la presente norma regional».
Seguidamente, también se difundió la Ordenanza Regional Nº 008-2021-RMDD/CR según la cual se resuelve «modificar, el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción en materia ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios, según la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y expresada en los Cuadros 01, 02 y 03 del Informe Nº 078-2020-GOREMAD/GRRNYGMA-SGGADS, de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible, los cuales forman parte de la presente norma regional».