LORETO. La Defensoría del Pueblo en Loreto recomendó a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de la provincia de Maynas adoptar las medidas necesarias para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad que acudirán a sufragar en las instituciones educativas n.° 601491 Madre Teresa de Calcuta, n.° 6010278 El Porvenir. Asimismo, se solicitó la reubicación urgente de cinco mesas de sufragio de la I. E. n.° 60022 Diego Natal Juan por encontrarse en una zona inundable y en condiciones de insalubridad.
Durante una supervisión, personal de la Defensoría del Pueblo advirtió que para llegar a la I. E. n.º 60022 Diego Natal Juan, ubicada en la calle Los Rosales s/n, en el distrito de Belén, se tienen que atravesar puentes improvisados con tablas que son inestables y que el caudal del río Itaya aún inunda las vías de ingreso. A ello se suma que las mesas de sufragio se ubican en el segundo piso y solo se puede llegar a los salones subiendo escaleras, afectando el desplazamiento de 1500 electoras/es, especialmente de las personas con discapacidad y de las personas adultas mayores.
“Se debe recordar que el día 11 de abril en redes sociales se reportó el caso de una ciudadana con discapacidad que utilizaba silla de ruedas, quien tuvo dificultades para acceder al colegio Diego Natal Juan, ya que la zona se encontraba inundada y utilizó una canoa para llegar a dicha institución”, precisó el jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Loreto, Abel Chiroque.
En el recorrido también verificó que en la I. E. I. P. S. M. n.° 601491 Madre Teresa de Calcuta, ubicada en el distrito de San Juan Bautista y destinada a recibir a 8100 electoras/es, no cuenta con rampa de acceso en 28 mesas. Similar situación se evidencia en la I. E. P. M. n.° 6010278 El Porvenir, en el distrito de Iquitos, que albergará a 900 votantes.
En esa línea, el jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Loreto, Abel Chiroque, recordó que la Ley General de la Persona con Discapacidad, Ley n.° 29973, señala en el artículo 12° que la persona con discapacidad tiene derecho a participar en la vida política y pública en igualdad de condiciones que las demás, directamente o a través de representantes libremente elegidos, incluyendo el derecho a elegir y ser elegido, a ejercer cargos públicos y a desempeñar cualquier función pública, sin discriminación.
«Hemos requerido a la ODPE Maynas implementar acciones de coordinación antes del 6 de junio con los directores de las instituciones educativas, a fin de mejorar las condiciones de accesibilidad para los electores con discapacidad, mujeres embarazadas y personas adultas mayores», finalizó.