La Unidad Especial de Fiscalización Electoral del Jurado Nacional de Elecciones informó que a la fecha se han reportado 367 posibles infracciones a la normativa electoral, de las cuales 361 (98%) corresponden a publicidad estatal que no fue reportada al organismo electoral.
El director nacional de Fiscalización y Procesos Electorales Alberto Kuroiwa Bermejo precisó que estos casos fueron reportados a los Jurados Electorales Especiales (JEE) a nivel nacional para que procedan conforme a sus atribuciones.
“Hemos reportado a los JEE cinco casos de propaganda electoral en instituciones públicas y una en predios privados sin autorización del propietario. La mayoría de los casos (325) corresponde a publicidad estatal principalmente porque no se dio cuenta de la misma en periodo electoral”, explicó Kuroiwa Bermejo.
CONO NORTE
Esta mañana, Alberto Kuroiwa encabezó un nuevo operativo en el cono norte de Lima. Durante el recorrido realizado por la avenida Túpac Amaru (Comas), el funcionario precisó que los fiscalizadores detectaron pintas en cerros y postes de alumbrado público que hacían alusión a candidaturas presidenciales, “lo cual está prohibido de acuerdo a una ordenanza de la Municipalidad Metropolitana de Lima”, detalló.
Un caso similar de propaganda electoral indebida se reportó en un cerro ubicado entre el cruce de la avenidas Las Almendras y Túpac Amaru (Comas) donde se observaron pintas promoviendo una candidatura al Congreso y otra a la Presidencia de la República.
Mientras que en la avenida Metropolitana, de la misma jurisdicción, se observó publicidad estatal de la comuna limeña referida al mantenimiento de pistas, la misma que llevaba elementos prohibidos, como son el nombre y cargo del burgomaestre capitalino.
“De acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones, una vez convocado el proceso electoral se encuentra prohibido todo tipo de publicidad estatal, salvo en casos de impostergable necesidad o utilidad pública; y de ser así, tampoco están autorizados a colocar el nombre o imagen que identifique plenamente a un funcionario o autoridad”, acotó.
Finalmente, en la parroquia “El Buen Pastor”, de la urbanización Sol de Oro, en el distrito de Los Olivos, una agrupación política colocó unas pintas postulando a su líder a la Presidencia de la República. “Según el artículo 184 de la Ley Orgánica de Elecciones, está prohibido el uso de los templos, cualquiera sea el credo que profesen, para la colocación de propaganda electoral”, señaló.