Reglamento de Ley contra la Trata de Personas establece responsabilidades de entidades del Estado

El ejecutivo publicó en el diario oficial «El Peruano» el Reglamento de la Ley contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes que establece las responsabilidades de las instituciones del Estado para promover y ejecutar medidas orientadas a prevenir y afrontar dichos actos ilegales en el país.


 


La norma señala que las autoridades y servidores públicos que asistan a las víctimas de estos delitos les informarán de los derechos y alcances de la asistencia integral que les corresponden, así como los beneficios e implicancias de los procedimientos que deriven de su situación.


 


La norma menciona también que el Estado velará por la protección y asistencia integral de la víctima, que incluya, como mínimo, la repatriación segura, alojamiento transitorio, asistencia médica, psicológica, social y legal; así como los mecanismos previstos en la citada ley.


 


Asimismo, bajo responsabilidad administrativa, civil o penal, se mantendrá en reserva y privacidad la identidad de la víctima y se preservará la confidencialidad de las actuaciones fiscales, policiales y judiciales relativas al caso, indica la norma firmada por el presidente Alan García y los ministros de Interior, de la Mujer, de Trabajo, de Justicia, de Educación, de Comercio Exterior y Turismo y de Relaciones Exteriores.


 


El reglamento incluye aspectos relacionados con la política integral contra la trata de personas, las acciones de prevención de este delito y del tráfico ilícito de migrantes, la persecución y sanción de ambos ilícitos, la protección y asistencia a las víctimas, familiares directos dependientes, colaboradores, testigos y peritos en la trata de personas.