Con un diseño más sencillo y de fácil comprensión que simplifique los procedimientos de inscripción, presentación y verificación de firmas de adherentes de los partidos políticos, movimientos regionales y organizaciones políticas locales, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) elaboró el proyecto de Nuevo Reglamento de Organizaciones Políticas, que será prepublicado, a fin de recibir aportes y sugerencias para su perfeccionamiento y posterior aprobación.
El director nacional del Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE, Fernando Rodríguez Patrón, explicó a INFOREGIÓN que por primera vez en la historia electoral, los partidos políticos, congresistas, medios de comunicación y ciudadanía en general, tendrán la oportunidad de socializar sobre este documento que propone, además, reducir los tiempos para los procedimientos de modificación de la partida electrónica de las agrupaciones políticas.
“Se trata de una iniciativa inclusiva diseñada en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica del JNE, Ley Nº 26486, que atribuye a este organismo electoral la función de dictar la reglamentación necesaria para el adecuado funcionamiento y ejercicio de las competencias del ROP. De ser aprobada, se mejorará notablemente la calidad y seguridad en los procesos de inscripción de organizaciones políticas y en las modificaciones registrales posteriores a dicho acto, hasta la cancelación de su inscripción”, refirió el funcionario.
Rodríguez Patrón precisó que el proyecto garantiza la equidad en el trato a las organizaciones políticas y la predictibilidad en los pronunciamientos emitidos por la justicia electoral que, a su vez, brindará a sus administrados la información veraz, completa y confiable sobre cada trámite, de modo tal que estos puedan tener la certeza de que el resultado final será transparente.
Asimismo, en adelante, las organizaciones políticas no solo se limitarán a señalar una dirección de correo electrónico, sino que tendrán la obligación de contar con una página web –diseñado con la asistencia técnica del ROP– que proporcione información relevante a la población y a sus afiliados.
Otra de las novedades que establece el proyecto de Nuevo Reglamento de Organizaciones Políticas es la creación de la figura de la denegación por efecto insubsanable, que consiste en rechazar las solicitudes de inscripción –de manera rápida y sin contratiempos– a aquellas agrupaciones que no se ajusten al ordenamiento jurídico vigente o atente contra este. “Es una herramienta sin precedentes que resguarda el sistema electoral y social”, comentó.
Con relación a la modificación de partidas registrales, se propone que solo realicen este trámite aquellas organizaciones que hayan cumplido el deber de mantener su información actualizada, precisando quiénes son sus directivos y con sus mandatos vigentes. El ROP no atenderá ninguna modificación de partida registral si, previamente, no se informa sobre la ratificación o renovación de sus cuadros.
De igual manera, hasta la fecha de inicio de las elecciones internas, se restringe a las organizaciones políticas la presentación de nuevos militantes, a través del padrón de afiliados o de los nuevos comités partidarios. Así también, las que no participen en el proceso electoral convocado, perderían su inscripción, sin excepción.
“La Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas se encuentra comprometida a mejorar continuamente sus procesos, de manera que sean más expeditivos. Se propone aceptar la inscripción provisional de las agrupaciones políticas a la etapa electoral convocada, a fin de que presenten sus listas de candidatos de manera oportuna y no se vean retrasadas innecesariamente en dicho trámite. Esta inscripción sería definitiva si no se presentan tachas o se declaran infundadas las presentadas”, detalló el director nacional.
De otro lado, el ROP plantea que la calificación de inscripción de una agrupación política se realice en un solo momento, sin esperar a que supere el porcentaje de firmas de adherentes que establece la norma. El JNE, la ONPE y el Reniec otorgarían un plazo único y razonable para subsanar las observaciones a su registro.
Cabe destacar que a lo largo de su funcionamiento, el ROP ha contado con cuatro reglamentos que han mejorado de manera progresiva el trámite de inscripción de las organizaciones políticas. Aunque es una norma más completa que su versión anterior, deberá ser modificada, debido a que el Pleno del JNE emitió nuevos criterios que incluyen la totalidad de los temas que se atiende en este órgano.
DATO
El proyecto de Nuevo Reglamento de Organizaciones Políticas, que fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el pasado 12 de marzo, también podrá conocerse accediendo al siguiente link: http://goo.gl/B78otG
Durante 30 días, quien lo desee, tendrá la oportunidad de realizar sus aportes al documento diseñado por el JNE, enviando sus comentarios al correo: aportesrop@jne.gob.pe