El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través del Decreto Supremo Nº 030-2007, dispuso que las empresas operadoras del servicio de telefonía pública estarán obligadas a habilitar una reserva en sus sistemas y redes que garanticen la comunicación efectiva de las autoridades en situaciones de siniestro o desastre, denominada Red Especial de Comunicaciones en Situaciones de Emergencia.
Además, y en un plazo de 15 días, las operadoras de telefonía deberán implementar un servicio de mensajes que se active durante emergencias y que permita a los usuarios en general reportar su situación y registrar un mensaje corto.
El MTC tomó estas medidas extraordinarias en vista de que no estaban incluidas en los Contratos de Concesión de los Servicios de Telecomunicaciones, pero cuya necesidad fue evidenciada luego del terremoto del 15 de agosto pasado.
La norma también establece lineamientos de actuación en situaciones de emergencia, como es limitar el tiempo de duración de las llamadas, el cual no será inferior a los 60 segundos ni superior a 2 minutos.