Congreso aprueba Ley de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas

Con el voto de 82 legisladores, el Pleno del Congreso aprobó el dictamen de la Ley sobre el Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, cuyo texto recoge en su mayor parte la propuesta alcanzada por el Ministerio de Defensa.


Entre otras cosas, la nueva ley precisa que cuando las órdenes impartidas por un superior jerárquico supongan o constituyan violación flagrante de la Constitución y de los derechos fundamentales, el personal subordinado no estará en la obligación de cumplirlas y deberá exponer al superior que las imparte, por escrito, las razones que sustentan su actitud.



Y cuando las circunstancias no permitan esto, el subordinado las expresará de manera verbal. Indica, además, que el subordinado que reciba una orden ilegal y manifieste de forma verbal o escrita su negativa de cumplimiento, está obligado a informar por escrito de este hecho al comando inmediato superior.



La norma tipifica claramente las faltas disciplinarías contra la disciplina, orden, subordinación y jerarquía; contra los deberes militares, honor, moral, decoro y espíritu militar, así como contra la capacidad operativa y logística. Sean éstas faltas leves o graves.



La Ley de Régimen Disciplinario del Personal Militar, forma parte del derecho administrativo sancionador, que regula el equilibrio entre la protección de la disciplina, y los derechos y garantías fundamentales de la persona humana consagradas en la Constitución Política del Perú.