A más de cuatro años de iniciado el proceso y siete desde que fue despojado de su Documento Nacional de Identidad (DNI), el ciudadano Jhonson Yomen Lorenzo Guerrero por fin pudo acceder a su identificación, la misma que el Registro Nacional de Identificación Estado Civil (Reniec) le había negado, vulnerando sus derechos constitucionales.
La Defensoría del Pueblo en Huánuco saludó la histórica sentencia, contenida en el Expediente N° 38-2014-0-1201-JR-PE-01, donde la magistrada Claudia García Dextre declaró fundada la demanda de Habeas Corpus interpuesta por el afectado contra el Reniec.
“De esta manera se corrige una situación que excluyó en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales la inscripción N° 80001706 a nombre de Jhonson Yomen Lorenzo Guerrero, indicando que fue obtenida en base a una supuesta declaración de datos falsos”, señaló la Defensoría del Pueblo a INFOREGIÓN.
En concreto, al ciudadano Jhonson Yomen Lorenzo Guerrero se le afectaba el derecho a poder desplazarse libremente por el territorio nacional, acceder a un puesto de trabajo y gozar de atención de su salud al no poder asegurase, lo cual afectaba también los derechos de sus hijas dependientes económicamente.
Cabe indicar que el Reniec nunca notificó al ciudadano Jhonson Yomen del inicio de un procedimiento que afectaba un derecho fundamental y, menos aún, le dio oportunidad de ser oído antes de la decisión.
El año 2009, la Defensoría del Pueblo en Huánuco tomó conocimiento del caso y lo derivó a su Programa de Identidad y Ciudadanía que, luego de un análisis jurídico, recomendó a Reniec habilitarle el DNI al ciudadano.
La Defensoría del Pueblo señaló que, desde ahora, el Reniec adecue sus procedimientos de cancelación del registro de identificación de las personas naturales a las exigencias del derecho fundamental al debido proceso, en concordancia con el derecho a la identidad (INFOREGIÓN).