Con el objetivo de establecer un procedimiento más simplificado y efectivo en los procesos administrativos, la Autoridad Nacional del Agua (ANA) puso en vigencia un nuevo reglamento para el otorgamiento de autorizaciones de vertimientos y reúso de aguas residuales tratadas, con la publicación de la Resolución Jefatural N° 224-2013-ANA que además refuerza la fiscalización y supervisión de autorizaciones para garantizar la protección ambiental de las fuentes naturales de agua.
La medida forma parte de la política de mejora institucional implementada por la ANA, en el marco de los Decretos Supremos N° 054 y 060-2013-PCM, aprobadas por el Ejecutivo para agilizar la ejecución de procedimientos administrativos e impulsar proyectos de inversión pública y privada en el país, señalaron voceros a INFOREGIÓN.
Entre los principales cambios de la nueva norma, se evitará las trabas burocráticas y duplicidad de requisitos, con lo cual se reducirán los plazos de evaluación para autorizaciones, renovaciones o modificaciones de vertimientos o reúsos de agua.
Esto significa que, se agilizarán los plazos de evaluación de los expedientes, ya que muchos de los requisitos que solicitaba la ANA, ya eran evaluados también por Digesa o las autoridades ambientales sectoriales al aprobarse las certificaciones ambientales.
Otro aspecto importante de la norma es que los procedimientos ya no se centrarán en Lima, pues se resolverán directamente en las Autoridades Administrativas del Agua (AAA), órganos desconcentrados de la ANA implementadas en el país.
Los procedimientos que se encuentren en trámite se adecuarán a las disposiciones del nuevo reglamento, con lo cual se resolverán muchos expedientes que actualmente se encuentran observados.
Conjuntamente con la publicación de la norma, la ANA anunció que realizará una intensa campaña de fiscalización a fin de verificar las condiciones en que se vierten las aguas residuales tratadas a los ríos, lagos, lagunas y otras fuentes naturales de agua continental o marina. Queda claro, que se ha hecho una revisión de procesos y procedimientos.
El usuario asumirá la responsabilidad administrativa y penal en caso se compruebe fraude o falsedad en la información presentada y de sus actos, por lo cual la institución podría sancionarlo de acuerdo al marco legal vigente que extiende multas desde el 0.05 hasta las 10.000 UIT.
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