Empresas deberán tratar sus aguas residuales

La Comisión Permanente del Congreso aprobó ayer un dispositivo que modifica los artículos 121° y 122° de la Ley General del Ambiente, los cuales están relacionados con el vertimiento de aguas residuales. Así, el Estado emitirá en base a la capacidad de carga de los cuerpos receptores una autorización previa para el vertimiento de aguas residuales, siempre que las mismas hayan sido previamente tratadas.


 


También se precisa que las empresas o entidades que desarrollen actividades extractivas, productivas, de comercialización, de servicios u otras que generen aguas residuales son responsables de su tratamiento a fin de reducir sus niveles de contaminación.


 


La Comisión Permanente también aprobó un dispositivo por el cual se autoriza, en forma excepcional y por única vez, la continuación de la filial de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco en el distrito de Vilcabamba (provincia de Grau) en el departamento de Apurímac.