Los socios de las cooperativas agrarias cuyos ingresos sean menores a 525 mil soles anuales serán exceptuados de llevar libros y registros vinculados a asuntos tributarios, presentar declaraciones juradas del Impuesto General a las Ventas (IGV) y presentar declaraciones juradas del Impuesto a la Renta.
Así quedó consignado en el proyecto de ley que promueve la inclusión de los productores agrarios mediante cooperativas, medida que fue aprobada en el Pleno del Congreso por 53 votos a favor, uno en contra y 15 abstenciones.
En la exposición de motivos del proyecto, se reconoce que la Ley 29683, conocida como Ley del Acto Cooperativo, ha coadyuvado a fomentar la asociatividad, pero que ha facilitado que se cumplan obligaciones tributarias de los socios de las cooperativas, las cuales muchas veces no están en las condiciones de cumplir individualmente con sus obligaciones tributarias sustanciales.
La propuesta aprobada contempla no gravar con el IGV las ventas y prestación de servicios que hagan los socios a su cooperativa o la cooperativa a sus socios, y que las cooperativas agrarias tengan derecho a solicitar la devolución del saldo a favor del exportador.
Las cooperativas agrarias pagarán una tasa del 15% de impuesto a la renta por sus ganancias con terceros no socios y la distribución del excedente a los socios no está gravado con impuestos.