Corte de Huánuco anula resolución que favorecía a Nancy Obregón

La Corte Superior de Justicia de Huánuco declaró nula una resolución del 19 de diciembre del 2007 emitida por el juzgado de primera instancia de Huánuco que favorecía a la congresista nacionalista Nancy Obregón y sostenía que le correspondía comparecencia restringida en lugar de detención por los disturbios que protagonizó en el 2004, poniendo como argumento su condición de Congresista de la República.


 


En esa oportunidad, el procurador público solicitó al juzgado la variación del mandato de comparecencia para ejecutar la detención efectiva de la ex dirigente cocalera, debido a que había violado una serie de reglas de conducta, pero su pedido fue denegado invocando erradas razones de “inmunidad parlamentaria” que ahora la Corte Superior de Huánuco ha enmendado en su totalidad. 


 


En Mayo del 2004, Nancy Obregón y otros dirigentes cocaleros dirigieron sendas movilizaciones en el Alto Huallaga en el marco de una huelga de agricultores cocaleros que se oponían a la erradicación de la hoja de coca ilegal y a la lucha antidrogas, y que incluyó bloqueos de carreteras, disturbios y enfrentamiento con las fuerzas del orden, por lo que se le abrió proceso por los delitos contra la tranquilidad pública y disturbios en agravio del Estado.


 


Los delitos fueron cometidos antes de ser parlamentaria


La resolución de la Corte Superior de Huánuco, fechada el pasado 13 de febrero y firmada por los doctores Picón Ventocilla, Garay Molina y Vergara Mallqui, enmienda la plana al juzgado en primera instancia de Huanuco y sienta un valioso  precedente.


 


Los magistrados señalan claramente que el proceso contra Obregón se basa en “hechos imputados el 22 de mayo del 2004, fecha anterior a su elección como congresista tal como se puede advertir en las credenciales otorgadas por el Jurado Nacional de Elecciones”.


 


Por consiguiente, el documento agrega que no es aplicable en este caso, el artículo 293 de la Carta Magna que señala que los parlamentarios no pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso de la República o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber dejado el cargo. 


 


La Corte Superior de Huánuco sustenta su resolución en base al artículo 12 del reglamento del Congreso de la República, que señala que la inmunidad parlamentaria no protege a los representantes respecto de procesos judiciales iniciados antes de su elección en ese cargo, los mismos que “ni se paralizan ni se suspenden”.


 


Con esta resolución de la Corte Superior, el juzgado en primera instancia de Huánuco deberá modificar su anterior dictamen que denegaba el pedido de variación de comparecencia por mandato de detención, por lo que se estima que en los próximos días  se estaría emitiendo la resolución de detención para la congresista nacionalista.