La Sala Superior Mixta Descentralizada del VRAE con sede en Pichari, condenó a los policías Vladimir Neil Romero Picón, Miguel Ángel Huaccho Suárez y a José Luis Vila Suárez y Herbert Romero Picón por los delitos de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego y Municiones, en agravio del Estado; y contra la Tranquilidad Pública, en la modalidad de Asociación Ilícita para delinquir, en agravio de la Sociedad.
Según la información enviada a INFOREGIÓN, la sala impuso la condena de 6 años de pena privativa de libertad efectiva y a 9 años al último de los procesados respectivamente, y el pago solidario por concepto de reparación civil de treinta mil nuevos soles, en forma proporcional a favor del Estado y sociedad.
El fiscal superior de la Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Pichari, Emilio Velásquez Gómez, señaló en su acusación que los sentenciados Vladimir Neil Romero Picón, Miguel Ángel Huaccho Suárez, José Luis Vila Suárez y Herbert Romero Picón, provenían de Satipo, y habían viajado a Pichari con el propósito de asaltar a narcotraficantes, según refiere uno de los intervenidos, quien señala en su manifestación inicial que, “ nos reunimos para ir a poner una “merca””, en alusión a despojar la droga a los narcotraficantes de la zona de Pichari, para lo cual se habían agenciado de las armas de fuego, herramientas, cinta adhesiva transparente, sacos de polietileno de color negro, marrocas, un teléfono móvil y otras especies, que fueron incautadas al momento de su intervención
Vladimir Neil Romero Picón y Miguel Ángel Huaccho Suárez, eran miembros de la Policía Nacional del Perú de Satipo y aunque intentaron desligar cualquier responsabilidad en los hechos, manifestando que solo se encontraban de vacaciones, se pudo comprobar que no era cierta la información ya que no contaban con ningún tipo de documentación que avale la información. Se presume que esta no sería la primera vez que, actuaron de manera ilegal.
Cabe mencionar que la Sala absolvió a Wilson Muñoz Espíritu y Michael Meneses López, por lo que la Fiscalía impugnó en el extremo de la sentencia absolutoria, considerando que existe responsabilidad penal en ambas personas.
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