El Poder Ejecutivo oficializó la declaración del Estado de Emergencia en siete distritos del departamento de Loreto; y las lagunas Artizón Bajo y Jatuncocha en Ancash, por inundaciones y peligro inminente de aluvión, respectivamente. Además prorroga la misma medida en cerro Pucruchacra en Lima por deslizamiento de tierras.
A través del Decreto Supremo Nº 064-2012, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el Poder Ejecutivo declara el Estado de Emergencia, por 60 días, al distrito de Soplín y Tapiche, en la provincia de Requena; Teniente Manuel Clavero y Napo, en Maynas; Pebas, en Mariscal Ramón Castilla; y Barranca y Pastaza, en la provincia de Datem del Marañón por las inundaciones.
La medida, aprobada en sesión del Consejo de Ministros, precisa que el gobierno regional de Loreto y gobiernos locales involucrados, con la intervención del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y los ministerios de Vivienda y Construcción y Saneamiento, Salud, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Defensa, Educación y otros, ejecutarán las acciones necesarias de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas.
Asimismo, el Ejecutivo declaró estado de emergencia, por 60 días, las lagunas Artizón Bajo y Jatuncocha, ubicada en el distrito de Santa Cruz, provincia de Huaylas, en el departamento de Ancash, por peligro inminente de aluvión.
El Decreto de Urgencia Nº 065-2012 señala que la persistencia de las precipitaciones pluviales y el calentamiento global que provoca el deshielo de los glaciales en la cabecera de la Sub Cuenca Santa Cruz seguirá incrementando el volumen de las algunas por lo que demanda la adopción de medidas inmediatas que permitan reducir y minimizar el alto riesgo existente en las zonas afectadas.
Finalmente, el Gobierno prorroga el estado de emergencia, por 60 días, en el cerro Pucruchacra, ubicado en el distrito de San Mateo de Huanchor, provincia de Huarochirí, del departamento de Lima para ejecutar acciones destinadas a reducir el peligro y a rehabilitar las zonas que pudieran verse afectadas por deslizamiento de tierra en dicho cerro.
El Decreto Supremo N° 066-2012-PCM señala que las acciones implican el drenado del cuerpo de deslizamiento para la estabilización del área inestable, drenaje superficial y subterráneo, monitoreo topográfico e implementación de un monitoreo piezométrico e inclinométrico. Igualmente se verá el sellado de las grietas y las medidas de estabilización recomendadas en cada una de las cinco zonas críticas identificadas, entre otras.