Josifredo Suyón Sandoval, gobernador regional de San Martín; Adolfo Alcalde Giove y Julio Montenegro Farje, representantes del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) y de la Dirección Regional de Agricultura San Martín (DRASAM), ultimaron acuerdos para hacer efectiva la aplicación de la Ley Nº 2251 de Marcas y Señales de Ganado a partir de este 1 de abril.
Así lo informó Julio Montenegro Farje, responsable de Promoción de Competitividad de la DRASAM, quien manifestó que en la reunión realizada el pasado jueves en las instalaciones de SENASA se trató el tema referente a la aplicación de esa ley.
A partir de la fecha mencionada, ningún productor de ganado podrá efectuar venta, traslado o beneficio del mismo en camales si este no se encuentra debidamente identificado, pudiendo ser decomisados por las autoridades correspondientes (Policía Nacional y la Fiscalía de Prevención de Delito).
Montenegro Farje explicó que el signo que identifica a los departamentos son los números naturales correspondientes del 01 al 24, siendo la numeración de cada departamento las que correspondan a cada Región Agraria. El Nº 13 corresponde a la región San Martín.
Por su parte, Suyón Sandoval señaló que los ganaderos no podrán obtener el certificado de tránsito interno que otorgará SENASA si el animal no está marcado y no cuentan con los respectivos certificados de vacunación.
Enfatizó que los animales deberán estar debidamente marcados como exige la ley, instando a los gobernadores y tenientes gobernadores a no dejarse sorprender por los comerciantes dedicados a este rubro para otorgarles pases correspondientes si estos no cumplen con los requisitos exigidos, de lo contrario serán sancionados.
“Es necesario brindar seguridad al criador de ganado, por lo que se le pide cumpla con las exigencias mínimas de registrar sus marcas y evitar sanciones con una multa equivalente al 10% del sueldo mínimo vital de la región o zona, por cada bovino, equino y el 5% del mismo por cada ovino, caprino y porcino”, indicó.