El Poder Ejecutivo podrá legislar a partir de mañana y por un periodo de 120 días sobre la lucha contra la criminalidad asociada a la minería ilegal y medidas de interdicción de esa actividad, al publicarse hoy la ley mediante la cual el Congreso le delega esas facultades.
La materia de legislación comprende un nuevo marco legal para la persecución penal contra quienes, realizando actividades de minería ilegal, afecten el medio ambiente o se encuentren incursos en actividades criminales de grave afectación social.
Asimismo, para la investigación, procesamiento y sanción de personas vinculadas con el lavado de activos y otros delitos relacionados al crimen organizado vinculados a la minería ilegal, y con ese fin se modificarán la normativa sobre la funciones y competencias de la Policía y la norma del proceso penal.
También se reformará la legislación sobre el proceso de pérdida de dominio para ampliar sus alcances a los delitos vinculados a la minería ilegal; y se regulará la distribución, transporte, posesión y comercialización de los insumos químicos que puede ser utilizados en la minería ilegal.
En cuanto a interdicción de la minería ilegal, el Ejecutivo está facultado a legislar sobre el uso y ocupación del ámbito geográfico nacional que se asigna a la actividad minera destinado a una gestión responsable de los recursos mineros.
Además, regulará las zonas de exclusión minera, suspensión de otorgamiento de concesiones en estas, uso de dragas y otros artefactos similares y medidas conexas.
La ley, publicada en las normas legales del diario oficial El Peruano, es refrendada por el presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, y el presidente del Congreso, Daniel Abugattás.
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