Ley de pérdida de dominio es constitucional

El Ministerio de Justicia , MINJUS, aseguró la intangibilidad del fondo de los bienes que pasen al Estado y la constitucionalidad de la Ley de Pérdida de Dominio por ser compatible con la Carta Magna, destacó la ministra de Justicia, Rosario Fernández, quien agregó que el objetivo de la norma es aportar una estrategia integral para combatir eficazmente el crimen organizado.


 


«La Ley Nº 29212, que regula el proceso de pérdida de dominio, es compatible con la Constitución, prioriza la licitud en la obtención de bienes y legitima la protección del interés en beneficio de la sociedad y el bien común», destacó la autoridad durante la conferencia magistral denominada La pérdida de dominio, realizada en el Congreso.


 


Los delitos incluidos en la norma, remarcó, son el tráfico ilícito de drogas, terrorismo, secuestro, extorsión, trata de personas y lavado de activos derivado de ellos.


 


Fernández enfatizó que los recursos generados por el remate de los bienes de origen ilícito que pasen a propiedad del Estado serán derivados al Fondo de Pérdida de Dominio (Findep), el cual tiene carácter de intangible.


 


Los recursos de este fondo serán distribuidos de la siguiente manera: 40% para la construcción de penales, 25% a la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, 15% a los gastos que genere la aplicación de esta ley y 20% al fondo indemnizatorio para casos de errores judiciales.